Subcontratación laboral: lo que tu empresa debe tener en regla tras la reforma

26/05/2026

La reforma en materia de subcontratación laboral prohibió el outsourcing de personal para actividades del objeto social de la empresa, y solo permite la subcontratación de servicios u obras especializadas que no formen parte del giro principal del negocio, siempre que el proveedor esté inscrito en el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas).

Puntos que toda empresa debe revisar:

  • Si contratas servicios especializados de terceros, verifica que el proveedor tenga registro REPSE vigente.
  • Revisa que el personal que opera dentro de tu empresa, pero forma parte de tu actividad principal, esté correctamente contratado de forma directa.
  • Ten a la mano los contratos y comprobantes que acrediten la naturaleza especializada del servicio contratado.

El incumplimiento de estas reglas puede derivar en la pérdida de deducibilidad de los pagos realizados, además de responsabilidad solidaria en materia laboral y de seguridad social. Si tu empresa utiliza esquemas de subcontratación y quiere confirmar que están en regla, agenda una asesoría con nosotros antes de que se convierta en una contingencia fiscal o laboral.


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